POLITICA SOCIAL

Bialet Massé al igual que el resto de la República Argentina, ostenta bolsones de pobreza que se han incrementado durante las últimas décadas debido a diferentes motivos: los movimientos migratorios de familias de bajos recursos del gran Córdoba hacia nuestra localidad; la falta de oportunidades laborales y la dificultad al acceso a una educación de calidad; la marcada estacionalidad de la actividad comercial debido a los movimientos turísticos espasmódicos; la carencia de un plan de desarrollo económico y de políticas de inclusión social, etc.
El Estado Municipal, se comporta como si no llevara estadísticas al respecto, manifestando un notorio desinterés por la información acerca de la realidad, por ejemplo, de personas que tienen sus necesidades básicas insatisfechas; que viven en condiciones de pobreza o indigencia, como así también a una gran cantidad de familias de ingresos medios que se encuentran sin posiblidad de progreso o en riesgo serio de desaparecer como clase media.
Mientras tanto, se lleva a cabo un verdadero "Festival" de remates judiciales de centenares de terrenos con deuda fiscal desde hace ya más de un lustro, y nos preguntamos cuál es el verdadero aporte al BIEN COMUN que generan estos remates.
¿Es que el Sr. Intendente Gustavo Pueyo olvida el artículo 186 Inc 1, de la Constitución de la Provincia de Córdoba? El mismo textualmente dice: "Son funciones, atribuciones y finalidades inherentes a la competencia municipal: 1) Gobernar y administrar los intereses públicos locales dirigidos al bien común...".
Para toda nuestra comunidad es muy importante conocer:
  • Que se publique la antigüedad de la deuda municipal de cada lote que se haya rematado en los últimos cinco años y de los que se rematarán en un futuro.
  • Detalle de los montos de dinero ingresados al municipio y que fueran obtenidos del producido de los remates anteriores.
  • ¿En qué concepto figuran en los balances el ingreso del dinero del producido de los remates?
  • ¿Cuáles fueron las obras públicas o inversiones productivas tendientes al BIEN COMÚN que se hicieron y se seguirán haciendo con los fondos obtenidos del producido de estos remates?

Genera esta inquietud el hecho de que de la lectura de los balances municipales no se desprende con claridad la identificación dentro de los mismos, y el destino de tales fondos.

Como según reza la Constitución Nacional en su art. 22 "El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta constitución...", en principio, no podríamos pedir al Ejecutivo municipal un Informe al respecto, pero, la Ley Orgánica Municipal 8102/1991 reconoce "Otras formas de participación ciudadana" y entre ellas la Audiencia Pública, art. 175: "La Audiencia Pública es una forma de participación a través de la cual los ciudadanos proponen a la Administración Municipal la adopción de determinadas medidas para satisfacer sus necesidades vecinales, o reciben de ésta información de las actuaciones político - administrativas, que se realizan en forma verbal en un solo acto, y a cuyo desarrollo pueden asistir los ciudadanos. La Audiencia podrá ser solicitada por ciudadanos, por entidades representativas o a instancia del intendente".

SOLICITAREMOS la realización de una AUDIENCIA PÚBLICA para que el Ejecutivo Municipal dé cuentas de los ítems supra mencionados.

Si bien la problemática es evidentemente más aguda y compleja entre las personas de menores ingresos y de pobreza estructural, es la sociedad en su conjunto la que está envuelta en el fenómeno, por tolerar esta situación.

Deseamos hacer constar que no estamos acusando a ningún funcionario municipal, simplemente como ciudadanos deseamos conocer el destino de los fondos públicos.

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